La
alfarería tradicional en Arjonilla Construcción de las albarradas
en el siglo XVI. |
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En
el cuenco de barro
Entre el siglo XVI y nuestros días, tan sólo nos encontramos en los distintos archivos, con un alfarero conocido, Vicente Peñalver, vecino de Andújar que se establece en esta Villa con alfarería propia, según la contribución general de la riqueza territorial, industrial y comercial del año 1.818: “Alfarero.
Vicente Peñalver es arrendador de una alfarería que con
sus oficinas y utensilios se valúa en 2.650 r. le produjo el
año último después de deducido el costo del aprendiz
2.085 r. de los quales se bajaron 185 por la parte que ocupa su establecimiento
y quedan 1.900. Se deducen 1.200 por capital anticipado y utensilios”. ”Asymismo visytamos los barrancos en los quales vos fue mandado por los visytadores pasados que hiziesedes en ellos las estacadas que oviesen menester en las partes que fuese menester a vista de personas que sepan dello y echarles mucha rama e piedra e tierra lo que nos dixistis que avyades hecho porque el año de las aguas con la vertiente de aguas que vino se lo llevo e robo todo y porque esta aposentado el peligro en las casas que estan a la parte de los dichos barrancos y grande yendo como va de contynuo robandose mas la tierra con las aogadas de los dichos barrancos e sy no se remedia se hundiran e vendra mucho daño con mucho cuydado entendays en el remedio dello haziendo façer en las partes mas convinyentes algunas estancadas a trechos unas ante otras de manera que entren hondas las estacas y echarlos mucha arena e piedra e plantar alli algunos árboles de ribera que hagan e traven la tierra haziendolo con paresçer de personas que sepan dello de manera que sea bastante para escusar el daño que de allí salgan que no pase adelante”. La solución de los munícipes era construir albarradas para evitar mayores daños. El término Albarrada , significa muralla de piedra seca, sin relación alguna con la extracción del barro, por lo que surgían peticiones individuales por parte de vecinos para construir albarradas que impidieran los daños a las tierras y a las casas. Es el caso de Juan de Vega, quien en 1593, se dirige al cabildo con la siguiente exposición: “En la Villa de Arxonilla en dos días del mes de septiembre de mil y quinientos e noventa e tres años /.../ Juan de Bega vezino desta villa digo que yo hago una albarrada en el arroyo que sale desta Vª de lo qual se le sigue mucho provecho a esta dha. Vª pido y suplico a Vmds. Manden se me ayude con jente de munición para hacer la dicha alvarrada y porque para el efecto tengo muncha cantidad de piedra así para el albarrada que tengo empezada a hacer como para el caño por donde tiene de entrar el agua y porque es corto el tiempo para hacer lo susodicho y la gente esta desocupada Vmd. Me haran merced en hacerlo quando en aquesta petición atento el provecho que dello se sigue a esta villa. Otrosí suplico a Vmds. Manden hallarse presentes los que fueren Vmds. Servidos a ver por do quieren que baya el agua ...” “Vimos y vissitamos el arroyo que llaman de Arxonilla que comien_a desde los tejares de los hixos de Ubeda. El qual de caussa de las rruinas de las aguas que pro_eden de las lluvias esta el suelo tan socavado y arruinado que llega a los _imientos de las cassas de la calle de Marcos G_mez de Valen_uela y por algunas partes tan ancho e hondo que si con tiempo no se previniesen y rreparasse el da_o que se podr_a siguir mediante las dichas pluvias y avenidas se podr_an caer y arruinar las cassas de aquellos barrios y calles y la yglessia viexa que junto a ellas esta. Y porque por yspiren_ia munchas vezes se a visto que de no remediar un mediano da_o su_ede no podello rremediar ny ha_er despues. Y porque en esto no su_eda alguno de lo muncho que promete. Ordenamos y mandamos que por vaxo de la puente que sobrel esta hecha de pinos se abra una _anxa de dos varas de ancho de cada lado del arroyo que aga en lo firme y lo saque de piedra y mezcla y subido media vara haga una grada de una ter_ia en ancho que sirva de _arpa ha_ia arriva y de alli cara arriva suba el adarve desplomandosse de manera que venga por lo alto de una vara de gruesso terraplenando la parte de atras. Y el arroyo dende alli arriva hasta el esquina de un ca_o viexo questa a la parte de arriva se hinchan de tierra y enpiedre de tres varas de ancho. Y en el arroyo que viene de la parte de los molinos se haga lo missmo que todo costara de materiales y manos sigun los declararon los dichos maestros seis mill maraved_s. La única reglamentación conocida del oficio de alfarero es conocida gracias a las ordenanzas municipales aprobadas en 1.587. En el capítulo de los tejeros, tinajeros y cantareros se reglamenta la producción de la cerámica de basto, con algunas cuestiones interesantes, como es la homologación del tamaño en tejas y ladrillos, y el control sobre la venta de tinajas obtenidas de una correcta cochura. Incluyo el capítulo obtenido del proyecto de las ordenanzas, de 1.584, conservado en la unidad 42.981 del Archivo Histórico Provincial de Jaén. Titulo de texeros tinajeros e cantareros. “Hordenamos e mandamos que las personas que hizieren texa y ladrillo las hagan de la marca y gradilla que les dieren el conçejo desta villa la qual gradilla este herrada con el sello del conçejo y que de tres a tres dias açepillen el rrasero con que hazen la teja so pena que por cada cosa que dejaren de cumplir de lo susodicho tengan de pena treçientos maravedís aplicados por terçias partes juez y denunçiador y propios del qº. Mandamos que los tinaxeros cuezgan las tinaxas con la leña y orujo e otras cosas que les paresçiere sin pena alguna. Otrosí mandamos que que no bendan las tinaxas pegadas por los fraudes y enganos que se podrian recreçer e atento que se a bisto por ynspirencia antes las bendan de la forma que salieren coçidas del horno e por lo que se dexaren de hazer y cumplir de lo que esta hordenado por estas hordenanças yncurran en pena de seis mrs. Aplicados segun dicho es juez denunçiador y propios del conçejo.” A cambio del aprovechamiento del barro, el concejo imponía el pago de un determinado número de tejas y ladrillos, sobre todo cuando tenía que acometer obras públicas. En numerosas ocasiones, se impone este canon, para reconstrucciones y reparos en la ermita de San Roque. “
En este cabildo acuerda esta Vª el que en atención que los
fabricantes de teja y ladrillo se están aprovechando del barro
de la albarrada de este ruedo para la fábrica de dicha labor
y manda que cada orno de los quatro que en el día están
en actual ejercicio pague cada operario cien tejas por la temporada
del Agosto, las que aplicará esta Vª a obras públicas
y princpalísimamente a la del Sr. S. Roque patrón de esta
Vª.” (Archivo Histórico Municipal. Actas Capitulares. Cabildo
del día 6 de enero de 1.793) ©Ildefonso Rueda Jándula |
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